A continuación compartimos Comunicado de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sobre acuerdo de Consejo de Ministros del Gobierno de España ante el requerimiento sobre dispensación enfermera:

  • La Consejería de Salud estudiará jurídicamente la argumentación del acuerdo tomado hoy en el seno del Consejo de Ministros, relativo al requerimiento que realizó la Junta de Andalucía al Gobierno de la Nación para la derogación de varios artículos y apartados del Real Decreto 954/2015, que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los profesionales de enfermería.
  • Aunque aún no se ha recibido notificación oficial de dicho acuerdo y su argumentación, esta Consejería puede asegurar que el Gobierno andaluz seguirá defendiendo la competencia autonómica en el ámbito de la formación para seguir garantizando la dispensación enfermera en Andalucía como se viene realizando hasta ahora.
  • Es por ello que, tal como se acordó en Consejo de Gobierno el pasado 9 de febrero, de no prosperar el requerimiento al Estado, el siguiente paso sería presentar un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional. Se cuenta ahora con un mes, tras la notificación oficial del rechazo a este requerimiento, para poder hacerlo.
  • Sorprende que, a pesar de la lealtad institucional demostrada por el Gobierno andaluz con el planteamiento de un requerimiento que planteaba la derogación de los artículos y apartados que suponen invasión de competencias autonómicas, un Gobierno en funciones se pronuncie con tanta rapidez para volver a frenar a la Junta en sus medidas de mejora de la asistencia sanitaria y no respete las competencias autonómicas que Andalucía aplicó de manera pionera para poder reforzar y respaldar el trabajo diario de las enfermeras en la sanidad pública andaluza.
  • Andalucía es actualmente la única comunidad autónoma donde está regulada la dispensación enfermera. Un decreto aprobado en 2009 es el marco jurídico de referencia de esta prestación que permite a los profesionales de enfermería la indicación de algunos fármacos y productos y, por tanto, agiliza y mejora la atención a los usuarios de la sanidad pública andaluza. Esta norma autonómica, desarrollada a través del trabajo colaborativo entre distintos colectivos profesionales, se seguirá aplicando en la sanidad pública andaluza como hasta ahora, ya que la Junta considera que el Real Decreto no lo impide.
  • El pasado año se emitieron en Andalucía casi tres millones de órdenes enfermeras. En estos documentos, los profesionales indican los medicamentos y productos que el Decreto autonómico les permite (actualmente alrededor de un centenar). Además, cerca de 3.000 sanitarios de este colectivo completaron su formación sobre la materia, impartida por la Escuela Andaluza de Salud Pública, y más de un millar logró la acreditación por parte de la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía.
  • El requerimiento realizado por el Ejecutivo andaluz instaba a la anulación de los artículos 1.1.c), 2.2, 3.2, 8.1,10; los apartados 1 y 3 de la disposición transitoria única; los apartados 2 y 4 de la disposición final cuarta y el Anexo II, al considerarse que existe doctrina constitucional suficiente para afirmar que el Estado está conculcando atribuciones que las comunidades autónomas tienen reconocidas en materia de formación continuada y acreditación.
  • Los artículos afectados regulan el procedimiento de acreditación de los enfermeros previo a la indicación y uso de los medicamentos y productos sanitarios. Según el análisis realizado por el Gabinete Jurídico de la Junta, son competencia de las comunidades autónomas los aspectos relacionados tanto con este requisito y su obtención como con la gestión de los programas formativos y, en su caso, la ampliación de los contenidos mínimos de los protocolos y las guías aprobadas o validadas por el Estado.
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