Banco de PreguntasCategoria: LegislaciónInformación a usuarios
Antonio Fernandez Caballero asked 7 años ago

Buenas tardes. Un asunto polémico y recurrente es la información que solicitan "cualesquiera" persona sobre la ubicación de una persona ingresada. En la planta del hospital hay un cartel que indica: "NO SE FACILITARA NINGÚN DATO SOBRE LAS PACIENTES INGRESADAS, PARA OBTENER INFORMACIÓN DEBEN DIRIGIRSE A GESTORIA DE USUARIO. GRACIAS". Esto no evita frecuentes "desencuentros" con el personal de enfermeria y en algun caso, los menos, con facultativos. Mi pregunta es si dicho cartel es correcto, si existe algún enunciado mejor y si hay alguna legislación al respecto. Gracias

2 Respuestas
Coordinador Staff answered 7 años ago
Gracias por participar y plantear esta pregunta. Te contestaremos lo antes posible Antonio. Un saludo.
Coordinador Staff answered 6 años ago
Hola Antonio, buenas tardes. Respecto de tu pregunta, comentarte que esta situación que nos planteas, se enmarcaría en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Concretamente, en el capítulo III, "Derecho a la intimidad" incluye el siguiente Artículo (7): Artículo 7. El derecho a la intimidad. 1. Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley. 2. Los centros sanitarios adoptarán las medidas oportunas para garantizar los derechos a que se refiere el apartado anterior, y elaborarán, cuando proceda, las normas y los procedimientos protocolizados que garanticen el acceso legal a los datos de los pacientes. En este sentido, la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, también estaría relacionada en cuanto a los datos referidos a salud. Respecto de la idoneidad del cartel al que haces referencia, entendemos que se trata de una cuestión de carácter interno (al hilo de lo comentado en el artículo 7 de la ley anteriormente mencionada). Por último, estoy pendiente de recabar más información sobre este tema (operativas en diferenes centros, protocolos, etc) con el objetivo de disminuir la variabilidad. En cuanto disponga de esa información, la compartiré a través de este página. Gracias de nuevo por participar. Un saludo!.